Para facilitar el cumplimiento especialmente de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
El Gobierno extendió hasta el próximo jueves 12 de mayo el plazo para presentar las declaraciones de renta con pago de impuestos, o con solicitud de devolución de impuestos, en el marco de la Operación Renta 2022.
De esta forma, el Ejecutivo busca facilitar el cumplimiento de esta responsabilidad tributaria, especialmente para los contribuyentes clasificados como micro, pequeñas y medianas empresas.
Respecto de los contribuyentes que solicitan devolución, el Servicio de Impuestos Internos (SII) mantendrá las fechas originales de depósito en cuentas bancarias, si corresponde, esto es, para quienes declararon hasta el 21 de abril, su devolución se concretará el 12 de mayo. Quienes declararon hasta el 29 de abril, su devolución se hará efectiva el 19 de mayo, mientras que quienes lo hagan hasta el 10 de mayo, recibirán su pago el 26 de mayo. Asimismo, la medida fija un nuevo plazo de devolución para quienes lo realicen entre el 11 y 12 de mayo.
Según cifras de SII, hasta el 28 de abril más de 3 millones de contribuyentes habían presentado su declaración, 2,3 millones de éstas solicitando devolución de excedentes, mientras que los contribuyentes que deben pagar impuestos en esta Operación Renta superan las 314 mil, 62% más que las registradas en 2021 hasta la misma fecha.
Declaraciones con pago
El SII informó que las declaraciones de renta con pago que se realicen en el marco de la extensión de plazo decretada por el Gobierno, solo podrán completarse a partir del 6 de mayo a las 16 horas. Esto porque la Contraloría General de la República formuló una observación durante el proceso de toma de razón del Decreto Supremo. Esta observación establece que el SII debe incluir en el cálculo del monto a pagar el IPC de abril de 2022, que se dará a conocer el viernes 6 de mayo. Por esta razón, una vez que se incluya este valor en el cálculo, a partir de las 16 horas del viernes 6, podrá completarse el pago, el que se extenderá hasta las 23:59 horas del 12 de mayo.
Concretamente, entre las 00:00 horas del martes 3 de mayo y el viernes 6 a las 16 horas, los contribuyentes podrán acceder a su información, revisarla, modificarla si detectan alguna diferencia y guardar los cambios. Luego, a partir del viernes 6 a las 16:00 horas podrán realizar el pago con los datos confirmados.
De la misma forma, si los contribuyentes desean utilizar las opciones de pago diferido de renta o cupón de pago en bancos, estas opciones también estarán disponibles a partir del viernes 6 a las 16:00 horas, ya que se requiere del IPC del mes de abril para poder completar la declaración.
Junto a estos nuevos plazos, el SII dispuso la condonación de las multas por presentación fuera de plazo, o con rectificatoria, que expiró el 30 de abril pasado, las declaraciones juradas 1.887, referidas a sueldos; 1.879, sobre honorarios; 1.943, de renta presunta y contabilidad simplificada; 1947, Base Imponible de Primera Categoría contribuyentes acogidos al Régimen Propyme transparente; y 1.948, sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos.